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¿Cuánto puede costarte no cumplir el RGPD?

Calcula en 2 minutos el riesgo real de multa de tu empresa basado en los criterios del Art. 83 del RGPD y las resoluciones de la AEPD.

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Calcula tu riesgo de multa ahora

Responde 6 preguntas simples basadas en los factores que utiliza la AEPD para calcular sanciones

Pregunta 1 de 6 0% completado
1¿Cuál es el tamaño de tu empresa?
El tamaño determina la proporcionalidad de la sanción según el Art. 83 RGPD.
2¿Cuál es la facturación anual aproximada?
Las multas pueden alcanzar hasta el 4% de la facturación anual global en los casos más graves.
3¿Qué tipo de datos personales tratas?
Los datos especialmente sensibles (salud, menores, biométricos) tienen mayor protección y sus infracciones conllevan sanciones más elevadas.
4¿Cuántos registros de datos personales gestionas?
El volumen de personas afectadas es un factor agravante clave en las resoluciones de la AEPD.
5¿Cuál es tu situación actual de cumplimiento?
La intencionalidad y reiteración son factores agravantes explícitos en el Art. 83.2 del RGPD.
6¿En qué sector opera tu empresa?
Sectores regulados y de alto riesgo enfrentan mayor escrutinio y sanciones proporcionalmente más severas.
Tu empresa se arriesga a una multa estimada de
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Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan sobre las multas RGPD

Sí, sin excepción. El RGPD es obligatorio para cualquier empresa u organización que trate datos personales de personas en la Unión Europea, independientemente de su tamaño, sector o forma jurídica. Esto incluye autónomos, pymes, asociaciones y administraciones públicas. Las multas empiezan en 600 € y pueden llegar hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual global.
La AEPD utiliza los criterios del Art. 83.2 del RGPD: gravedad de la infracción, intencionalidad, medidas adoptadas para reducir el daño, grado de cooperación, categorías de datos afectados, volumen de personas afectadas, reiteración de la infracción y sector de actividad. Esta calculadora estima el riesgo en base a estos mismos criterios.
Para una pyme estándar el proceso completo de adecuación al RGPD se sitúa entre 3 y 6 semanas. Para empresas con procesos más complejos puede extenderse hasta 2 meses. En cualquier caso trabajamos con plazos claros desde el primer día y te decimos exactamente cuánto tardará tu empresa en la consulta inicial.
Actuamos de inmediato. Tenemos experiencia respondiendo a requerimientos de la AEPD y ayudando a empresas a minimizar sanciones demostrando acciones correctivas. El tiempo es crítico — cuanto antes se actúe, mayor es la posibilidad de reducir la sanción. Contáctanos hoy.
No — es una estimación orientativa basada en los criterios públicos de la AEPD. El importe real de una sanción depende de una auditoría detallada de los incumplimientos concretos de tu empresa y de las circunstancias específicas del caso. Esta herramienta sirve para visualizar el nivel de riesgo y tomar conciencia de la importancia del cumplimiento. Para una valoración precisa consúltanos sin compromiso.
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