Protege a tu empresa y a sus directivos con un programa de Compliance Penal
Desde 2010, las empresas en España pueden ser condenadas penalmente. Un programa de compliance bien implantado es la única herramienta legal que exime o atenúa esa responsabilidad — y cada vez más clientes y socios lo exigen como requisito.
La única herramienta que exime a tu empresa de responsabilidad penal
Desde la reforma del Código Penal de 2010, las empresas en España pueden ser declaradas penalmente responsables de delitos cometidos por sus empleados, directivos o representantes. Las consecuencias van desde multas millonarias hasta la disolución de la empresa o la prohibición de contratar con el sector público.
La reforma de 2015 introdujo los programas de cumplimiento normativo como la única vía legal para que una empresa quede exenta de esa responsabilidad o la vea atenuada significativamente. Un programa implantado correctamente antes de que ocurra el delito es la diferencia entre una condena y la exoneración.
Más allá de la protección legal, el compliance penal está ganando peso como señal de madurez corporativa. Grandes empresas, administraciones públicas y grupos internacionales lo exigen cada vez más a sus proveedores y socios.
¿Qué empresas deben implantar compliance penal?
El compliance penal ya no es solo para grandes empresas
Durante años fue un servicio reservado a grandes corporaciones con departamentos jurídicos propios. Hoy la realidad ha cambiado: las pymes y medianas empresas son cada vez más objetivo de investigaciones penales, y sus administradores personalmente responsables cuando no existe un programa de compliance que demuestre que la empresa hizo todo lo posible para prevenirlo.
Las empresas que implantan compliance penal no solo se protegen — se posicionan mejor ante clientes exigentes, organismos públicos y entidades financieras.
Nuestros servicios de Compliance Penal
Un programa completo adaptado al tamaño, sector y riesgos específicos de tu empresa, no una plantilla genérica.
Análisis y diagnóstico de riesgos penales
Identificación de los riesgos penales reales de tu empresa según su actividad, estructura y sector. Mapa de exposición a los más de 40 delitos imputables a personas jurídicas.
Elaboración del programa de compliance
Diseño e implantación del modelo de organización y gestión que incluye políticas, protocolos y controles adaptados a los riesgos identificados. El documento que exige el juez.
Código ético corporativo
Elaboración o revisión del código ético de la empresa, que establece los valores, principios de conducta y compromisos que guían el comportamiento de toda la organización.
Órgano de control y supervisión
Designación y constitución del órgano de compliance ajustado a las necesidades de la empresa. Puede ser interno, externo o mixto según el tamaño y estructura de la organización.
Canal de denuncias interno
Implantación del canal de denuncias como herramienta clave del programa de compliance. Permite reportar conductas irregulares de forma confidencial y segura.
Formación y sensibilización
Programas de formación para directivos, empleados y órgano de administración sobre el programa de compliance, el código ético y los procedimientos de reporte.
Cómo implantamos tu programa de Compliance Penal
Un proceso estructurado que adapta el programa a los riesgos reales de tu empresa, no a una plantilla genérica.
Diagnóstico y análisis de riesgos penales
Análisis del contexto, actividad y estructura de la empresa para identificar los riesgos penales reales. Evaluación de la exposición a cada uno de los delitos imputables a personas jurídicas según el sector y actividad.
Diseño del programa y documentación
Elaboración del modelo de organización y gestión: políticas, protocolos, controles y medidas de vigilancia específicas para prevenir o reducir significativamente el riesgo de comisión de delitos.
Código ético y canal de denuncias
Elaboración o revisión del código ético corporativo e implantación del canal de denuncias. Ambos elementos son pilares fundamentales de cualquier programa de compliance efectivo.
Constitución del órgano de control
Designación y puesta en marcha del órgano de compliance con las funciones, responsabilidades y recursos necesarios para supervisar el cumplimiento del programa.
Formación, seguimiento y actualización
Formación inicial a directivos y empleados, revisiones periódicas del programa ante cambios normativos o de actividad, y soporte continuo ante cualquier incidencia o investigación.
Todo lo que necesitas saber sobre Compliance Penal
Las dudas más frecuentes de empresas que se plantean implantar un programa de cumplimiento normativo penal.
Sí. Desde la reforma del Código Penal de 2010, las personas jurídicas —sociedades limitadas, anónimas, asociaciones— tienen responsabilidad penal propia. Pueden ser condenadas con penas como multas de hasta el doble del beneficio obtenido, disolución de la empresa, suspensión de actividades, clausura de establecimientos o prohibición de contratar con el sector público durante años.
Sí, y es uno de los principales motivos por los que los administradores impulsan estos programas. Un programa de compliance bien implantado demuestra que la empresa — y quienes la dirigen — adoptaron todas las medidas razonables para prevenir el delito. Esto puede eximir completamente de responsabilidad penal a la empresa y atenuar significativamente la responsabilidad personal de los administradores.
No existe obligación legal general de implantar un programa de compliance penal. Sin embargo, sin él, la empresa carece de la principal herramienta de defensa en caso de investigación penal. Además, es exigido cada vez con más frecuencia en licitaciones públicas, contratos con grandes empresas y por entidades financieras como requisito para determinadas operaciones.
Son más de 40 los delitos que el Código Penal atribuye a las personas jurídicas. Los más frecuentes en empresas medianas son: fraude fiscal, blanqueo de capitales, corrupción entre particulares, delitos contra los derechos de los trabajadores, estafa, apropiación indebida, falsedad documental, delitos medioambientales y delitos informáticos. En muchos casos el delito lo comete un empleado sin conocimiento de la dirección.
El Canal de Denuncias es uno de los elementos que forma parte de un programa de compliance penal, pero no es lo mismo. El compliance penal es el sistema completo: análisis de riesgos, políticas, controles, código ético, órgano de supervisión y canal de denuncias. El canal de denuncias por su parte tiene también obligatoriedad propia desde 2023 para empresas con más de 50 trabajadores, con independencia de si tienen o no un programa de compliance.
Servicios relacionados
Canal de Denuncias
Obligatorio para +50 trabajadores — herramienta clave del compliance
Consultoría RGPD
Adecuación completa al Reglamento General de Protección de Datos
ISO 27001 — Seguridad
Sistema de Gestión de Seguridad de la Información certificado
DPO Externo certificado
Delegado de Protección de Datos certificado AEPD/ENAC
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