CUMPLIMIENTO NORMATIVO PENAL – COMPLIANCE PENAL


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El Compliance Penal es un conjunto de herramientas de carácter preventivo, que tienen por objeto garantizar que la actividad que realiza la empresa y quienes la conforman y actúan en su nombre lo hagan conforme a las normas legales, políticas internas, Códigos Éticos y cualquier otra disposición que la organización esté obligada a cumplir o que haya decidido hacerlo de forma voluntaria, como parte de sus buenas prácticas.

En el año 2010 se consagró en el Código Penal español la responsabilidad penal de las personas jurídicas, y posteriormente, en 2015, se incorporaron al ordenamiento jurídico modelos de organización y gestión, o programas de cumplimiento, como instrumento para eludir o atenuar dicha responsabilidad, ante la comisión de un grupo cerrado de delitos.

Buscando siempre la excelencia en el servicio a nuestros clientes, en Artico Consultores contamos con un equipo jurídico que le asesorará en todo lo relativo al complejo mundo del Compliance.

Nuestros servicios de Compliance Penal se resumen en los siguientes puntos

 

1. ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO

Se procederá a la realización de un análisis sobre los riesgos de incumplimiento que pueden darse dentro del seno de la Organización.

Se procederá a analizar el contexto y los recursos de la Organización para garantizar el máximo cumplimiento de la normativa, especialmente en el ámbito penal y poder definir de la mejor manera su estructura de Compliance.

2. ELABORACIÓN DE DOCUMENTACIÓN

  • Se establecerán las políticas y protocolos que sean necesarios para que sobre los controles seleccionados conseguir, mitigar, evitar o prevenir los riesgos, pudiendo de tal manera implantar un modelo de organización y gestión que incluya las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos de la misma naturaleza o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.
  • Se procederá a elaborar, si la Organización no dispone de ello, o a revisar el Código ético de la sociedad.
  • Analizado el contexto de la sociedad, se procederá a la designación y constitución de un órgano de control ajustado a las necesidades de la sociedad.
  • Se procederá a la implantación de un Canal de Denuncias como la herramienta que permite a los empleados y a otras personas alertar confidencialmente a una organización sobre sospechas de mala conducta. Es una herramienta importante para reducir los riesgos y crear confianza, ya que permite a los directores detectar la mala conducta en una etapa temprana.

3. IMPLANTACIÓN

Durante todo el proyecto se hará un seguimiento de la implantación de controles y del cumplimiento de tareas asistiendo en todo momento al cliente.

4. REVISIÓN

Una vez transcurrido un período de un año deberemos verificar y evidenciar su eficacia y efectividad con la finalidad de seguir mejorando en la aplicación del programa.

La implantación de un sistema de Compliance nos dará entre otras ventajas las siguientes:

  • Evitar condenas penales a la persona jurídica, administradores y personal de la organización.
  • Prevención del riesgo reputacional e imagen corporativa.
  • Plantear el Compliance como un elemento diferenciador frente a los competidores.
  • Reducción de la vulnerabilidad de la empresa ante los posibles círculos de confianza.
  • Obtención de nuevos inversores y clientes (stakeholders) superando sus procesos de due diligence.
  • Incrementar el crecimiento, continuidad y sostenibilidad del negocio.
  • Mejora de la posición en concursos públicos y la obtención de ayudas estatales y europeas.
  • Mejora del nivel de confianza de entidades financieras para la obtención de préstamos, créditos, …, así como de las entidades aseguradoras.
  • Reducción de la exclusión en el mercado por no tener sistemas de Compliance