Para dar cumplimiento al principio del consentimiento, suelen utilizarse formularios y cláusulas a los que se accede a través de enlaces como pueden ser “aviso legal” o “política de privacidad” siendo necesario, en tal caso, que los afectados no puedan introducir dato alguno en la base de datos sin antes tener conciencia del citado aviso y “aceptarlo”, haciendo “click” en el lugar correspondiente. Todo ello tiene por objeto asegurar que el consentimiento de los afectados sea efectivamente específico e inequívoco tal y como exige la Ley, pudiendo servir como prueba del consentimiento la acreditación de que el programa impide introducir los datos sin antes haber aceptado el aviso legal.
De este modo, el procedimiento en cuestión solamente servirá como prueba del cumplimiento de los deberes del responsable si permite al interesado tener plena conciencia de que la acción de pulsar un botón implica la aceptación de los términos y la política de privacidad de la empresa, política que deberá ser fácilmente accesible, lo que dependerá del lugar de colocación y suficiente visibilidad de la leyenda y a que, dado que se trata de una aplicación para móviles, contenga un link que permita acceder a dicha política.
Para más información consulte los informes jurídicos sobre el consentimiento.
