LA DECISIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA NO IMPEDIRÍA QUE LAS AUTORIDADES NACIONALES PUDIERAN SUSPENDER LA TRANSFERENCIA DE DATOS DE USUARIOS EUROPEOS A ESTADOS UNIDOS
El Abogado General considera la decisión nula pero el TJUE todavía no ha dictado sentencia.
Según la Directiva relativa al tratamiento de datos personales, la Comisión puede declarar que un país tercero garantiza un nivel de protección adecuado para la transferencia de tales datos. En opinión del Abogado General, esta decisión no limitaría las facultades de intervención de las autoridades nacionales, pudiendo estas no estar vinculadas por las decisiones adoptadas por la Comisión y si consideraran que una transferencia de datos perjudica los intereses de los ciudadanos de la UE, podrán suspender esta transferencia independientemente de la evaluación general de la Comisión.
En especial, el Abogado General critica que la Comisión considere que EEUU dispone de las garantías necesarias para el tratamiento de datos personales de ciudadanos europeos cuando la normativa y la práctica de este país permiten recopilar a gran escala los datos personales de los ciudadanos de la UE que se transfieren, sin que estos tengan derecho a una tutela judicial efectiva.
Conclusiones del Abogado General en el asunto C36214