La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, a la creación de una red social en la que, según señala el consultante, existirán 3 tipos de perfiles (personas físicas, profesionales o autónomos y empresas, que podrán dar de alta a empleados). Señala que en la red social además de interaccionar unas personas con otras se crean contenidos por parte de los usuarios y empresas (conversaciones, mensajes, debates, consultas, publicaciones, etc.).