La Agencia Española de Protección de Datos quiere fomentar que estas entidades conozcan las implicaciones prácticas de la nueva normativa, de forma que puedan tomar las medidas necesarias.
- ‘El impacto del RGPD sobre la actividad de las AAPP’ sintetiza en 15 puntos los aspectos que deben tener establecidos el 25 de mayo de 2018
- ‘El Delegado de Protección de Datos en las AAPP’ recoge la posición, las funciones y las cualidades profesionales de una figura que será obligatoria para las administraciones
La Agencia Española de Protección de Datos ha publicado dos documentos que contienen un conjunto de medidas que las Administraciones Públicas deberán tener implantadas el 25 de mayo de 2018, fecha en la que será aplicable el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La Agencia quiere fomentar que estas conozcan las implicaciones prácticas de la nueva normativa, de forma que puedan tomar las medidas necesarias para cumplir con las previsiones establecidas en la misma, ya que el Reglamento supone una gestión distinta de la que se viene empleando.
El primer documento ‘El impacto del RGPD sobre la actividad de las AAPP’ sintetiza en 15 puntos los aspectos más relevantes que deben estar establecidos cuando el Reglamento sea de aplicación. En muchos casos, los efectos de la nueva normativa van a ser los mismos que para cualquier otro responsable o encargado pero, en algunas áreas, existen especificidades que deben ser tenidas en cuenta por el sector público.
El segundo documento está centrado en ‘El Delegado de Protección de Datos en las Administraciones Públicas’. El Reglamento establece como obligatoria la designación de esta figura en el caso de autoridades u organismos públicos. En consecuencia, la designación de los DPD en el ámbito público debería producirse con antelación al 25 de mayo de 2018.
