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La AEPD sanciona a Facebook por recopilar, almacenar y utiliza datos con fines de publicidad sin consentimiento

La Agencia constata que Facebook trata datos, incluso especialmente protegidos, con fines de publicidad sin recabar el consentimiento y no cancela totalmente la información de los usuarios cuando ya no es útil para el fin para el que se recogió ni cuando estos lo solicitan.

  • Los datos sobre ideología, sexo, creencias religiosas, gustos personales o navegación son recogidos directamente, mediante la interacción con sus servicios o desde páginas de terceros sin informar claramente al usuario sobre el uso y finalidad que le va a dar a los mismos.
  • Facebook no obtiene un consentimiento inequívoco, específico e informado de los usuarios para tratar sus datos, ya que la información que ofrece no es adecuada.
  • La Agencia declara la existencia de dos infracciones graves y una muy grave de la Ley de Protección de Datos e impone a Facebook una sanción total de 1.200.000 euros.
  • La AEPD forma parte de un Grupo de Contacto junto a las Autoridades de Bélgica, Francia, Hamburgo y Países Bajos, que también iniciaron sus respectivos procedimientos de investigación a la compañía.

Toda la información en la Agencia Española de Protección de Datos

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