La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto una multa de 60.000 euros a la empresa telefónica Auna por intentar cobrar sus servicios a un avilesino octogenario que no había firmado ningún tipo de contrato con la compañía. La sanción ha sido por incumplir el artículo 6.1 de la ley de Protección de Datos, en el que consta que el tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado.
Según explicó el abogado que defendió los intereses del avilesino, el letrado ovetense José Antonio Ballesteros, un octogenario recibió en su domicilio la visita de un comercial de Auna que le ofrecía cambiar la compañía operadora del servicio de telefonía. Sin haber firmado nada, al anciano le empezaron a llegar facturas de empresa, pese a que seguía con su servicio de la compañía Telefónica.
La familia puso entonces una denuncia en la Agencia de Protección de Datos, y Auna no pudo mostrar ningún contrato firmado ni dar ninguna explicación convincente de cómo se obtuvieron los datos de la persona perjudicada, ni de los de su cuenta bancaria.
Este tipo de comportamientos de las compañías operadoras de telefonía definibles como «abusivos» ha sido denunciado y criticado en reiteradas ocasiones por parte de la asociaciones y organizaciones de consumidores. Los asesores de esos colectivos aconsejan leer los contrato antes de firmarlos y, en caso de duda, consultar con profesionales especializados.