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Tablón de anuncios de la comunidad, relación de los vecinos morosos

La Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 16.2 prevé que «la convocatoria de la Junta contenga la relación de vecinos morosos que estén privados del voto», siendo una buena práctica la notificación de la convocatoria individual por correo, la inclusión en cajetín, o mediante intranet con clave y contraseña, evitándose cualquier medio que pueda suponer el acceso por terceros (Internet).

No obstante la difusión de la lista de un vecino deudor podrá publicarse únicamente en el supuesto recogido en el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal apartado h) párrafo segundo, «Si intentada una citación o notificación al propietario fuese imposible practicarla en el lugar prevenido en el párrafo anterior, se entenderá realizada mediante la colocación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad, o en lugar visible de uso general habilitado al efecto.» Para proceder de esta forma deberán acreditarse los intentos de notificación.

No es legal, desde la óptica de protección de datos, exponer la lista de vecinos deudores a la vista de terceros.

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