En la actualidad y debido al creciente número de personas desempleadas muchas empresas han pasado de buscar candidatos en el mercado a recibirlos de manera espontánea. Diariamente se van acumulando una cantidad ingente de curriculums en los departamentos de RRHH, bien recibidos en papel, bien en el correo electrónico.
¿Qué hacemos en estos casos, si no tenemos definido un fichero de curriculums?
Desde el momento en que se recibe un curriculum y se guarda, bien en un archivador, bien en una bandeja de nuestro gestor de correo electrónico estamos tratando datos personales, de manera que nos vemos en la obligación de aplicar las medidas de seguridad técnicas, legales y organizativas para proteger esos datos personales.
Opciones que tenemos:
A) Si rechazamos al candidato deberíamos comunicárselo, de manera que no trataremos sus datos y hacemos desaparecer cualquier dato personal contenido en su curriculum.
B) Si lo incorporamos a nuestras bases de datos, debemos informar en los términos que nos indica el art. 5 de la LOPD.
C) Especial atención en los casos en que nos llega un curriculum y se nos ocurre derivarlo a un tercero, que sabemos está realizando un proceso de selección y nuestro candidato le podría encajar.
En estos casos debemos contar con el consentimiento expreso del interesado ya que se trata de una cesión o comunicación de datos. Si se genera algún problema en ese proceso de selección ajeno a nuestra empresa nos podemos encontrar con una infracción tipificada como grave y sancionable como consecuencia de una cesión no informada y en principio no consentida.