Enfocando la cuestión desde el punto de vista empresarial privado, para que un empresario cumpla con lo previsto en la Ley Orgánica de Protección de Datos (Lopd) debe diseñar y poner en marcha una serie de medidas, normas de actuación, formularios, cláusulas y procedimientos que le permitan cumplir con todas y cada una de las garantías que la Lopd establece para proteger la intimidad y demás derechos fundamentales de los ciudadanos.Cada organización es diferente y cada tratamiento de datos de carácter personal también lo es por lo que las acciones a emprender van a depender, entre otras cosas, del origen de los datos, del tipo de datos, de las características del tratamiento y del tipo de instalaciones y soportes en los que se encuentren almacenados dichos datos. Sin embargo, a titulo meramente orientativo, podemos decir que, de manera general, para cumplir con la Ley Orgánica de Protección de Datos (Lopd) el empresario debe tener en cuenta al menos los aspectos que vamos a analizar a continuación:
La inscripción de los ficheros, la calidad de los datos, el deber de información, el consentimiento del afectado, los datos especialmente protegidos, la seguridad de los datos, el deber de secreto, la comunicación de datos, el acceso a los datos por cuenta de terceros, el ejercicio de los derechos arco y la transferencia internacional de datos.