La Federación Española de Transitarios (Feteia) presentó ayer, en la sede de Ateia Barcelona, la nueva herramienta informática para el control de a morosidad que estará abierto a todas las empresas que formen parte de sus asociaciones o entidades territoriales de la federación, además de las adheridas, directamente, a Feteia.
Enric Ticó, presidente de la federación, explicó que la incorporación de las diferentes empresas en el sistema es totalmente voluntario "y, como se trata de un asunto de importancia, hemos querido que este registro sea de pago". En este sentido, hay dos modalidades: por una lado bajo pago por consulta realizada a un precio de un euro o bien se puede abonar una cuota anual de 50 euros que permite un número de consultas ilimitado.
Según explicó Manuel M. Vicens, secretario general y asesor jurídico de la entidad, el sistema de control de la morosidad tiene dos objetivos principales. Por un lado, crear un servicio de carácter permanente en defensa de los intereses económicos de los asociados. Por otra parte, establecer un registro común de deudores morosos como instrumento contra esta práctica.
Según expuso Vicens, "el registro de morosos afecta al crédito de las empresas". Hasta hace poco, este tipo de registro estaba controlado por el Tribunal de Defensa de la Competencia, "desde Feteia pedimos una excepción y conseguimos un registro legalizado por la Agencia de Protección de Datos y por el propio Tribunal de la Competencia".
Las modificaciones realizadas para el acceso informático comprenden dos situaciones. Por un lado, las empresas serán las únicas responsables en cuanto al otorgamiento de permisos para el acceso a los datos a sus empleados. Un segundo punto es que figurará toda la normativa de uso del registro, que fue aprobado por la asamblea general de la federación de transitarios realizada en el marco del Salón Internacional de la Logística (SIL 200), y celebrado el pasado 5 de junio.
Asimismo, para poder entrar en la zona restringida de la web (www.registro.feteia.org) se deberá asumir la normativa de uso. En este sentido, será la Fundación Feteia la que tenga el control sobre el registro de morosos, pero únicamente las empresas que registren a alguna compañía morosa tendrán acceso a los datos editados, siguiendo la normativa de la Ley de Protección de Datos.
Según el tercer artículo del reglamento interno de control de la morosidad, "se entiende por deudor moroso aquel que, habiéndose convenido cualquier forma de pago, no hubiese satisfecho los importes facturados por las empresas acogidas al Sistema de control de la morosidad una vez transcurridos 30 días después de la fecha en que el deudor haya recibido la factura o la solicitud de pago equivalente". Asimismo, según la normativa, las empresas serán responsables de la veracidad de los datos.
Fuente: tylog.com