La Agencia Española de Protección de Datos sanciona a la empresa de mensajería por ceder los datos personales de clientes a terceros sin su consentimiento

La Agencia Española de Protección de Datos – AEPD ha impuesto una multa de 70.000 € a la empresa de mensajería UPS por entregar un pedido realizado por Internet a la empresa MediaMarkt Iberia a un vecino del destinatario sin su autorización.

Los hechos se remontan a marzo de 2021, cuando la persona que realizó la compra denunció que al dejarle el envío a otra persona se han cedido sus datos personales a un tercero, sin su consentimiento.

Y así lo ha entendido la agencia, que considera que se han vulnerado el precepto 5.1 f) y el artículo 32 del RGPD «al violar el principio de integridad y confidencialidad, así como no adoptar las medidas de seguridad necesarias para garantizar la protección de los datos de carácter personal de sus clientes», según recoge la resolución. Por el primero impone a UPS una multa de 50.000 euros y por segundo 20.000.

¿Qué dice la AEPD sobre la multa 70.000 € a UPS?: El hecho de tener firmado un contrato con MEDIA MARKT no deja exento de responsabilidad a UPS, en este caso a la empresa reclamada, porque no se ha concretado si estamos ante un contrato de servicios o bien un contrato celebrado entre responsable y encargado del tratamiento de datos personales, siendo en este segundo caso, de obligado cumplimiento que se cumplan todas las garantías exigidas de conformidad con el artículo 28 del RGPD.